Según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos a través de las cookies, algunas de las finalidades pueden ser:
a) Cookies técnicas: son aquellas que permiten al usuario la navegación a través de una página web, plataforma o aplicación y la utilización de las diferentes opciones o servicios que en ella existan, incluyendo aquellas que el editor utiliza para permitir la gestión y operativa de la página web y habilitar sus funciones y servicios, como, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos, identificar la sesión, acceder a partes de acceso restringido, recordar los elementos que integran un pedido, realizar el proceso de compra de un pedido, gestionar el pago, controlar el fraude vinculado a la seguridad del servicio, realizar la solicitud de inscripción o participación en un evento, contar visitas a efectos de la facturación de licencias del software con el que funciona el servicio (sitio web, plataforma o aplicación), utilizar elementos de seguridad durante la navegación, almacenar contenidos para la difusión de vídeos o sonido, habilitar contenidos dinámicos (por ejemplo, animación de carga de un texto o imagen) o compartir contenidos a través de redes sociales.
También pertenecen a esta categoría, por su naturaleza técnica, aquellas cookies que permiten la gestión, de la forma más eficaz posible, de los espacios publicitarios que, como un elemento más de diseño o “maquetación” del servicio ofrecido al usuario, el editor haya incluido en una página web, aplicación o plataforma en base a criterios como el contenido editado, sin que se recopile información de los usuarios con fines distintos, como puede ser personalizar ese contenido publicitario u otros contenidos.
Las cookies técnicas estarán exceptuadas del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22.2 de la LSSI cuando permitan prestar el servicio solicitado por el usuario, como ocurre en el caso de las cookies enumeradas en los párrafos anteriores. Sin embargo, si estas cookies se utilizan también para finalidades no exentas (por ejemplo, para fines publicitarios comportamentales), quedarán sujetas a dichas obligaciones.
b) Cookies de preferencias o personalización: son aquellas que permiten recordar información para que el usuario acceda al servicio con determinadas características que pueden diferenciar su experiencia de la de otros usuarios, como, por ejemplo, el idioma, el número de resultados a mostrar cuando el usuario realiza una búsqueda, el aspecto o contenido del servicio en función del tipo de navegador a través del cual el usuario accede al servicio o de la región desde la que accede al servicio, etc.
Si es el propio usuario quien elige esas características (por ejemplo, si selecciona el idioma de un sitio web clicando en el icono de la bandera del país correspondiente, la moneda que desea utilizar en las transacciones, el tamaño de fuente o el contraste de color entre el fondo y el contenido para mejorar la legibilidad), las cookies estarán exceptuadas de las obligaciones del artículo 22.2 de la LSSI por considerarse un servicio expresamente solicitado por el usuario, y ello siempre y cuando las cookies obedezcan exclusivamente a la finalidad seleccionada. Estas cookies de preferencias que afectan a la interfaz de usuario no necesariamente tendrán que ser de sesión, ya que solicitar que el usuario determine sus preferencias a estos efectos cada vez que se visita un sitio web o se accede a una aplicación puede resultar molesto y provocarle fatiga. Ahora bien, para que estas cookies se consideren exentas, su uso deberá limitarse al necesario para su propósito, y la información que pueda desprenderse de la selección del usuario no podrá emplearse para otros fines (por ejemplo, para la personalización de contenidos publicitarios) ni para elaborar un perfil del usuario.
c) Cookies de análisis o medición: son aquellas que permiten al responsable de las mismas el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas, incluida la cuantificación de los impactos de los anuncios. La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma, con el fin de introducir mejoras en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.
Respecto al tratamiento de datos recabados a través de las cookies de análisis, el GT29 manifestó que, a pesar de que no están exentas del deber de obtener un consentimiento informado para su uso, es poco probable que representen un riesgo para la privacidad de los usuarios siempre que se trate de cookies de primera parte, que traten datos agregados con una finalidad estrictamente estadística, que se facilite información sobre sus usos y se incluya la posibilidad de que los usuarios manifiesten su negativa sobre su utilización.
d) Cookies de publicidad comportamental: son aquellas que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo.
En todo caso, debe tenerse en cuenta que estas tipologías se ofrecen a título orientativo por ser las más habituales. Los editores y los terceros podrán realizar las categorizaciones que consideren que mejor se ajustan a las finalidades de las cookies que utilizan, de forma que se respete el principio de transparencia frente a los usuarios.